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La
Escuela de práctica de la bioenergía de Mietek y Margaret
Wirkus.
CODIGO DE CONDUCTA DE LOS PRACTICANTES DE LA BIOENERGIA
Principios de conducta.
La práctica de la bioenergía
es un complemento y no una alternativa del tratamiento médico
convencional. Es indispensable que los practicantes de la bioenergía
dejen claramente establecido, que no son médicos y que no pretenden
tener los conocimientos ni la destreza de un médico. Si el
practicante de la bioenergía posee un diploma médico
y es capaz de dar un diagnóstico médico y de recetar
medicamentos, deberá de informar a su paciente antes de comenzar
las sesiones de la bioenergía. El practicante de la bioenergía
debe de reconocer que cuando un médico le envía a un
paciente, éste médico continúa siendo clínicamente
responsable del paciente y de su cuidado. Los practicantes de la bioenergía
no deberán de vender remedios, hierbas, aceites etc. sin tener
el título adecuado para ésto. Los practicantes no deben
aconsejar un tratamiento médico en particular, el llevar a
cabo una operación quirúrgica, o el tomar tal o cual
medicamento. Se debe de dejar que sea el paciente quién tome
sus propias decisiones, de acuerdo con su médico. El practicante
de la bioenergía no debe de dar un diagnóstico médico
a su paciente bajo ninguna circunstancia. El diagnóstico es
responsabilidad del médico. Sin embargo, el practicante puede
dar un diagnóstico de la bioenergía y algún consejo.
El practicante de la bioenergía deberá guardar los datos
y dicho consejo en la ficha clínica del paciente. En caso de
que el practicante de la bioenergía de un consejo, este debe
de ser dado de manera digna, sin mencionar enfermedad alguna, o afirmar
que se ha llevado a cabo la curación. Los practicantes de la
bioenergía deben negar su habilidad de curar y proponer un
alivio por medio de la bioenergía. Nunca deben de prometer
la recuperación. Deberá establecerse una conducta moral
irreprochable en la relación entre el practicante de la bioenergía
y su paciente. El practicante deberá de proceder con cortesía,
dignidad, tacto y discresión. Su actitud deberá ser
positiva. Toda información proporcionada por el paciente deberá
ser considerada como estrictamente confidencial. El comportamiento
de los practicantes de la bioenergía deberá excluir
toda acción indecente o calificada de acoso sexual o "ataque
con violencia". El practicante de la bioenergía nunca
deberá pedirle a un paciente que se quite la ropa, a excepción
del abrigo o calzado. Ninguna tercera persona, incluyendo asistentes
y miembros de la familia del paciente deberán de estar presentes
durante la consulta de un paciente adulto sin su consentimiento. Los
practicantes de la bioenergía no deberán de tocar directamente
la piel, ni utilizar manipulaciones o masajes durante la sesión
de bioenergía. Esta práctica no presupone el contacto
físico; se lleva a cabo a cierta distancia del cuerpo. Aquellos
practicantes de la bioenergía que tengan los diplomas adecuados,
deberán dar los masajes en un tratamiento por separado. En
lo que concierne a consultas privadas con pacientes que parezcan presentar
problemas mentales, de alcoholismo o drogadicción, asi como
aquellos con depresión aguda, suicidas o halucinando, se deberá
actuar con prudencia, para proteger al practicante de la bioenergía.
Unicamente un Maestro en bioenergía puede tratar esos casos
y siempre en presencia de un miembro de la familia u otro sanador.
Los practicantes de la bioenergía no deben de tratar casos
que excedan su competencia o experiencia. Los practicantes de la bioenergía
deberán de asegurarse de llevar un historial clínico,
claro y preciso de cada paciente, incluyendo las fechas de las sesiones.
Como la práctica de la bioenergía no es un método
de trabajo médico, las fichas solo deberán contener
el diagnóstico de la bioenergía. Los practicantes de
la bioenergía, deberán considerar como confidencial,
toda información de naturaleza personal, proporcionada por
el paciente o por algún miembro de la familia de éste
último. Ningún dato deberá de ser comunicado
a una tercera persona, incluyendo cualquier miembro de la familia
del paciente sin el consentimiento de éste, a menos de ser
requerido por la ley. La terapia de la bioenergía se debe administrar
unicamente en respuesta a una demanda de un paciente adulto, o de
su representante. En caso de un niño, deberá obtenerse
la aprobación del padre o tutor. Los practicantes de la bioenergía
que visiten hospitales, deberán recordar que éstos últimos
son responsables del paciente. Deberán de ser muy discretos
en sus visitas, y en algunas circunstancias, preferir la curación
a distancia. En caso de realizar una visista en el hospital, ésta
deberá ser realizada con el permiso del médico. En caso
de duda, una autorización escrita será necesaria. El
practicante de la bioenergía, nunca deberá interferir
con el tratamiento del paciente en el hospital, ni con su dieta. La
bioenergía no es un tratamiento médico, según
la definición legal. Toda persona buscando una sesión
de bioenergía, deberá tener muy en claro, que el practicante
de la bioenergía no es un médico. De manera a establecer
un acuerdo mutuo sobre la sesión, el practicante en bioenergía,
deberá dar a firmar un documento de entendimiento: el "Wirkus
Bioenergy Practitioners Memorandum of Understanding." Este documento
deberá guardarse con el historial clínico del paciente.
En caso de trabajar con un animal, el practicante deberá de
cerciorarse, de que un veterinario lo examine antes. El veterinario
debe de permanecer con la responsabilidad del animal, y el practicante
de la bioenergía no deberá interferir con el tratamiento
o los medicamentos prescritos. Tampoco deberá en estos casos
adelantar un diagnóstico médico, ni dar un tratamiento
veterinario. El practicante de la bioenergía, deberá
conservar una ficha clínica de cada animal.
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